¡Ojo al volante! Videos ciudadanos ahora son prueba de infracciones de tránsito en Colombia
Este artículo se publicó el 6 de marzo de 2024. Algunas cifras, tarifas o normas pueden haber cambiado desde entonces.

¿Conduces en Colombia? ¡Presta atención! Desde el 1 de marzo de 2024, la nueva ley permite que las autoridades de tránsito utilicen videos grabados por ciudadanos como prueba para multar a infractores.
¿Qué significa esto?
- Mayor seguridad vial: Se espera que la medida ayude a reducir las infracciones y mejorar la seguridad en las carreteras colombianas.
- Responsabilidad compartida: Los ciudadanos ahora tienen un papel más activo en la vigilancia y el control del comportamiento vial.
- Más ojos en la calle: Con millones de cámaras en los bolsillos de los colombianos, las autoridades tendrán una mayor cobertura para detectar infracciones.
¿Qué tipo de videos se pueden usar como prueba?
- Videos que muestren claramente la infracción, como:
- Pasarse un semáforo en rojo.
- Conducir a exceso de velocidad.
- No respetar las señales de tránsito.
- Adelantar en zona prohibida.
- Conducir bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas.
¿Cómo puedo enviar un video como prueba de una infracción?
- Las autoridades aún no han definido el proceso oficial para enviar videos como prueba. Se espera que en los próximos días se brinden más detalles a través de los canales oficiales del Ministerio de Transporte y las entidades de tránsito.
Recomendaciones:
- Al grabar un video como prueba de una infracción, asegúrate de que:
- La fecha y hora sean visibles.
- La placa del vehículo infractor sea legible.
- La infracción sea claramente visible.
- No te pongas en riesgo al grabar el video.
¿Qué opinas de esta nueva medida?
¡Comparte tu opinión en los comentarios!
Recuerda: La seguridad vial es responsabilidad de todos. Con esta nueva ley, todos podemos contribuir a tener calles y carreteras más seguras para todos.
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Este contenido es solo informativo. No constituye asesoramiento legal.
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Por: Julian Cañas – Digital Manager, Certificar.co
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